Ayudas a cooperativas y sociedades laborales o entidades asociativas
Hasta el lunes, 30 de abril de 2018
La concesión de subvenciones dirigidas a la prestación de asistencia técnica, en alguna de las modalidades que se indican a continuación, a cooperativas y sociedades laborales o a entidades asociativas de cooperativas y sociedades laborales valencianas.
CONVOCA:
Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
BENEFICIARIOS:
Las cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales.
REQUISITOS:
Estar legalmente constituidas e inscritas. Se entenderá como fecha de inscripción, la del asiento de presentación en el registro público correspondiente, siempre que la inscripción se produzca dentro del plazo de validez de dicho asiento.
No estar incursa en ninguna de las prohibiciones recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Estar al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
No haber sido sancionadas, mediante resolución firme, con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones.
Estas ayudas se concederán únicamente a cooperativas y sociedades laborales para actuaciones realizadas en centros de trabajo ubicados en el territorio de la Comunitat Valenciana, con independencia del lugar de su domicilio social o del registro en el que figuren inscritas.
No podrán concederse a una misma solicitante más de dos subvenciones por asistencia técnica en un mismo ejercicio.
CUANTÍA DE LA AYUDA:
El importe de la subvención será de hasta el 50 por ciento del coste de la actuación y no podrá superar la cuantía de 20.000 euros.
PLAZO PRESENTACIÓN: Hasta el 30 de ABRIL de 2018, inclusive.
CONTENIDO ADJUNTO
05/01/2018 12:45 | AdmonVlc