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Del desempleo al emprendimiento. El pago único como oportunidad

Trabajadoras
Centro Europeo de Empresas e Innovación de Valencia

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Publicado el viernes, 14 de octubre de 2022 a las 12:18

La gente llega al emprendimiento de formas muy diferentes. Algunos desde la Universidad, otros desde la Formación Profesional, o incluso desde dentro de las propias empresas. Pero cada vez más, las personas que están en paro están viendo esa situación como una oportunidad y se están decidiendo a poner en marcha un proyecto empresarial. El llamado PAGO ÚNICO facilita las iniciativas de empleo autónomo abonando en un solo pago el importe de la prestación por desempleo a las personas beneficiarias.

Pero, ¿qué es el PAGO ÚNICO?, se trata de la percepción de la prestación por desempleo de golpe, en un solo pago, con el fin de destinar la cuantía a la realización de una actividad profesional como socio de una sociedad laboral, de una cooperativa de trabajo asociado, o como trabajador autónomo.

Para poder tener derecho al PAGO ÚNICO, el desempleado debe ser beneficiario de una prestación por desempleo de nivel contributivo por cese definitivo de la relación laboral. También ha de tener pendiente de percibir al menos tres meses de prestación, y no debe de haber obtenido el reconocimiento del pago único en los cuatro años anteriores. Además, es necesario que inicie la actividad en el plazo máximo de un mes desde la resolución de concesión del derecho, y siempre, con fecha posterior a la solicitud.

El abono de la prestación por desempleo en su modalidad de pago único podrá alcanzar hasta el 100% de su importe para sufragar la inversión necesaria para iniciar un trabajo por cuenta propia de forma autónoma o a través de una sociedad mercantil sobre la que se posea el control efectivo.

La prestación capitalizada podrá percibirse:

• En un pago único: Se puede obtener hasta el 100% del importe de la prestación pendiente de percibir. La cuantía máxima a percibir será la establecida como aportación al capital social en el caso de cooperativas y sociedades laborales, así como la cuota de ingreso a la cooperativa y las aportaciones obligatorias y voluntarias, en su caso, y el desembolso para la adquisición de acciones o participaciones de la sociedad laboral o mercantil, y en el supuesto de las personas trabajadoras autónomas, la cantidad que se justifique como inversión.

• En pagos mensuales para subvencionar la cotización de la persona trabajadora a la Seguridad Social. En este caso deberá presentar los justificantes de cotización a la Seguridad Social del mes de inicio de la actividad.

• En las dos modalidades descritas conjuntamente.

 

Si eres beneficiario del PAGO ÚNICO, ten en cuenta que además de destinar la prestación a los gastos de constitución y puesta en funcionamiento de tu proyecto y al pago de las tasas y tributos, podrás dedicar hasta el 15 por ciento de la cuantía al pago de servicios específicos de asesoramiento, formación e información relacionados con la actividad a emprender. ¡Recuerda que emprender acompañado y bien asesorado es fundamental!

El PAGO UNICO es una prestación económica gestionada y abonada por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). En la página web de ese organismo se pueden consultar los requisitos, documentación a presentar y toda la información necesaria.

Si has solicitado el pago único o lo vas a solicitar, informarte que está disponible el Programa Labora Empren Acompanyament.

Pasos a seguir para solicitar el Pago Único del SEPE

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