Ayudas para la promoción de actividades económicas en el centro histórico de Elda
Hasta el sábado, 31 de octubre de 2026 a las 23:59
Publicado el miércoles, 27 de mayo de 2026 a las 08:19
El Ayuntamiento de Elda convoca ayudas destinadas a impulsar y fomentar la competitividad, la innovación, la modernización y sostenibilidad de los sectores comerciales que se sitúen en la zona comercial histórica de la ciudad ( Centro Histórico)
OBJETO
Mantener e incentivar la implantación de nuevas actividades empresariales y la apertura de nuevos establecimientos que contribuyan a la dinamización económica y social del centro histórico eldense, así como la ocupación de locales vacíos, tanto para la implantación de nuevas actividades en espacios desocupados, como la continuidad de actividades preexistentes con nuevos titulares para evitar el cierre y la evidente pérdida de imagen como referente comarcal del municipio de Elda.
DIRIGIDO A
Personas físicas y las sociedades mercantiles y asimiladas descritas, incluidas las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, sociedades civiles, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que ejerzan o vayan a ejercer la actividad en el ámbito físico denominado Centro Histórico de la Ciudad de Elda en alguna de las actividades según el CNAE definido en el Anexo I de las Bases y que:
1. Inicien una actividad económica en el periodo subvencionable (a partir del 1 de noviembre de 2025).
2. Que, desarrollando una actividad económica ya existente en otros puntos de la ciudad o fuera de ella, inicien una nueva actividad, amplíen o trasladen la existente con la apertura de un nuevo establecimiento.
3. Personas físicas o jurídicas que vayan a continuar actividades económicas preexistentes por jubilación o traspaso de las mismas.
4. Que desarrollen una actividad económica preexistente dentro del perímetro delimitado en el Capítulo III de las Bases.
TIPO DE AYUDA Y CUANTÍA
Línea 1: AYUDAS A CREACIÓN DE NUEVOS ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES
Se consideran gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada objeto de estas bases, resulten estrictamente necesarios y se realicen a partir del 1 de noviembre de 2025 (relacionados en el Capítulo III de las Base) .
Con carácter general se subvencionará hasta el 100% del gasto solicitado con un máximo de 20.000 euros que podrá ser de hasta 30.000€ en el caso de comercios dedicados al sector calzado, marroquinería o sector análogo.
Línea 2: AYUDAS A ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES PREEXISTENTES
Se consideran gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada objeto de estas bases, resulten estrictamente necesarios y se realicen a partir del 1 de noviembre de 2025 (relacionados en el Capítulo III de las Bases).
Con carácter general se subvencionará hasta el 100% del gasto solicitado con un máximo de 4.000 euros.
PLAZO DE PRESENTACIÓN
Línea 1: Desde el 2 de junio de 2026 hasta el 31 de octubre de 2026.
En caso de presentación de solicitud durante el mes de octubre de 2026 la solicitud deberá presentarse junto con la documentación justificativa del gasto y no se procederá al abono previo del 50% de la cuantía de la subvención.
Línea 2: Desde el 2 de junio de 2026 hasta el 22 de junio de 2026.
MÁS INFORMACIÓN
27/05/2026 08:19 | rtrepat01
URL oficial/canónica: https://ceeielche.emprenemjunts.es/?op=8&n=36672

