Plan & Formación LGTBI. Nueva legislación laboral en España
Antes del 8 de abril de 2025 las empresas de más de 50 empleados deben cumplir con esta regulación
Publicado el jueves, 20 de marzo de 2025 a las 17:22
De acuerdo con el Real Decreto 1026/2024 y la Ley 4/2023 (Ley Trans),
las compañías españolas con +50 empleados deben implementar antes del 8 de abril de 2025:
✴ Un Plan LGTBI con medidas específicas de igualdad y no discriminación.
✴ Un protocolo de prevención del acoso adaptado a este colectivo.
✴ Formación obligatoria en sensibilización y prevención del acoso para toda la plantilla.
Compliance
El Plan LGTBI debe incluir medidas para lograr la igualdad real y efectiva
Pactado a través de la negociación colectiva y acordado con la representación legal de las personas trabajadoras.
A quién afecta
• Las medidas del Plan LGTBI también se aplican a trabajadores cedidos por empresas de trabajo temporal.
• El protocolo de actuación frente al acoso y la violencia LGTBI abarca a toda persona que trabaje en la empresa, sin importar su vínculo contractual.
• El número de empleados se calcula considerando toda la plantilla, sin importar centros de trabajo o modalidad de contratación.
Incumplimiento
Las sanciones por incumplimiento pueden llegar a los 150.000€, incluyendo la prohibición de contratar con las AAPP y la posible suspensión de actividad por tres años.
El Plan LGTBI deberá contemplar:
• Cláusulas que garanticen la igualdad de trato y la no discriminación.
• Medidas para eliminar estereotipos en el acceso al empleo.
• Criterios de clasificación, promoción profesional y ascensos con perspectiva de igualdad.
• Módulos de formación sobre derechos de las personas LGTBI en el ámbito laboral.
• Entornos laborales diversos, seguros e inclusivos.
• Garantía de acceso a permisos, beneficios sociales y derechos sin discriminación por orientación sexual, identidad de género o expresión de género.
• Régimen disciplinario de infracciones y sanciones ante conductas que vulneren la libertad sexual, orientación, expresión o identidad de los trabajadores.
Protocolo ante acoso y violencia LGTBI
• Medidas para garantizar la igualdad y protección del colectivo.
• Acciones específicas para prevenir, detectar y actuar ante situaciones de acoso o violencia en el ámbito laboral.
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✴ Acceso a subvenciones disponibles.
✴ Gestión del acuerdo obligatorio de las medidas planificadas con la representación de los trabajadores.
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