CREDITO FORMATIVO A EMPRESAS
AYUDAS FORMACIÓN Cámara Valencia
Publicado por camaravalencia
martes, 23 de marzo de 2010 a las 00:00
¿En qué consisten las ayudas?
Las empresas pueden deducirse de los pagos a la seguridad social una parte o la totalidad de sus costes de formación continua. La cantidad máxima anual de deducción se denomina Crédito Formativo.
¿Cuál es el Crédito Formativo de cada empresa?
El Crédito Formativo es una cantidad que viene determinada por dos factores:
1. El número de Trabajadores del año anterior al que se realiza la formación.
2. Los pagos realizados a la Tesorería de Seguridad Social a través de los seguros sociales del mismo período.
Por este motivo, cada empresa posee un Crédito Formativo distinto, que como mínimo será de 420 € (empresas de 1 a 5 trabajadores), y que será mayor cuanto mayor sea la plantilla de la empresa.
Este Crédito si no se consume en el año, se pierde.
¿Quién puede acceder a estas ayudas para la formación?
Personal asalariado que cotice a la seguridad social por contingencias profesionales de empresas del territorio español. (Quedan excluidos expresamente tanto los autónomos como el personal de entidades públicas).
¿Qué tipo de formación es susceptible de ser bonificada?Todas aquellas acciones formativas que vayan dirigidas a la adquisición y mejora de las competencias y cualificaciones profesionales cuya duración mínima sea de 6 horas.
¿Cuánto coste va a recuperar la empresa?
El coste de formación que pueden recuperar las empresas oscila entre un 60% y un 100% dependiendo de las características de la formación y de la empresa.
Las empresas de hasta 9 trabajadores se bonificarán siempre el 100% del coste de la formación realizada hasta agotar su Crédito Formativo.
23/03/2010 00:00 | camaravalencia