Despido procedente | Marben Abogados
Publicado el viernes, 18 de marzo de 2016
El despido será calificado como procedente por la Sentencia del Juzgado de lo Social cuando la/s causa/s en la que el mismo se basa sea/n cierta/s.
El despido es la extinción del contrato laboral a instancia del empresario delante el cual el trabajador puede reclamar si considera que no se ajusta a la legalidad. Existen diferentes tipos de despidos, según si afecta a una persona o a un colectivo (será colectivo si afecta a un número mínimo de trabajadores previsto en el artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores).
Dentro del primer grupo podemos encontrar los despidos por causas objetivas y despidos disciplinarios.
Por otra parte, la extinción de un contrato, entre otros supuestos, también se puede producir por finalización del tiempo.
18/03/2016 09:22 | marbenabogados